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¿Debe pagarte utilidades una empresa de reciente creación? Esto debes saber

Puebla, 13 de mayo de 2025 — El reparto de utilidades es un derecho irrenunciable de las y los trabajadores, independientemente de la antigüedad de la empresa para la que laboran

Según la Ley Federal del Trabajo, todas las empresas —incluso si acaban de iniciar operaciones— deben distribuir el 10 % de sus utilidades netas entre sus trabajadores, siempre que la compañía haya generado ganancias durante el ejercicio fiscal anterior. El monto se prorratea de acuerdo con los días trabajados y el salario percibido, y debe pagarse a más tardar el 30 de mayo de cada año.

Excepciones

  • Empresas que no hubieran obtenido utilidades o que hayan registrado pérdidas en el periodo fiscal.
  • Actividades profesionales independientes y servicios domésticos.
  • Personas físicas con ingresos menores a un umbral establecido por la ley (por ejemplo, quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal).

En caso de que una compañía nueva cumpla con los requisitos de generación de ganancias, sus trabajadores tienen derecho a recibir el reparto, aunque proporcional a los meses que lleven laborando. Para cualquier inconformidad, los empleados pueden presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o recurrir a la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente.

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